Las enfermedades profesionales en Chile están reguladas por la Ley 16.744 sobre seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. El Decreto Supremo 109 establece la lista oficial de enfermedades profesionales reconocidas, clasificadas según el agente causante (sílice, asbesto, ruido, sustancias químicas, entre otros).
La fiscalización del sistema está a cargo de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), que supervisa a los organismos administradores: las mutualidades (ACHS, IST, Mutual de Seguridad) y el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) para trabajadores no afiliados a mutualidades.